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Categorías de Ataque contra la Población Civil

De OCHA Colombia Wiki

Las categorías de ataques contra la población civil incluye las siguientes subcategorías:

  • Amenazas (individuales/colectivas): Es la acción intencional cometida por agentes del Estado, o por grupos armados no estatales, y tiene por finalidad crear en una persona un temor fundado de sufrir atentados en contra de su vida, integridad personal o su seguridad.
  • Atentado: Es todo ataque dirigido contra una persona, sus derechos o bienes. El artículo 3 común a los cuatro convenios de Ginebra “prohíbe, frente a las personas protegidas, los atentados contra la vida y la integridad corporal”.
  • Desaparición forzada: Es el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola de la protección de la ley.
  • Herida intencional en persona protegida: Es un atentado contra personas protegidas, como son: personas civiles, combatientes que quedan por fuera de la posibilidad de combatir por su condición de enfermedad, heridas, naufragio o que se encuentran privadas de la libertad a causa del conflicto armado o cualquier otra causa, y personas que gozan de una protección especial debajo de las normas del DIH, ocasionando la herida intencional de dicha persona.
  • Homicidio intencional en persona protegida: Es cuando se ocasiona la muerte a una persona que no participa directamente en las hostilidades. El artículo 3 común a los cuatro convenios de Ginebra “prohíbe el homicidio en todas sus formas.
  • Masacre: Es cuando se ocasiona la muerte, a un número plural de tres o más personas, perpetradas en un mismo hecho, bajo indefensión y con elementos de ferocidad o barbarie.
  • Reclutamiento de niños, niñas y adolescentes: Consiste en el reclutamiento de menores de 18 años, quienes son obligados a integrar las filas de los grupos armados no estatales, ya sea de manera forzosa o con su “consentimiento” que está viciado por diferentes factores.
  • Utilización/Uso de niños y niñas: Se refiere al uso de niños y niñas por parte de grupos armados no estatales o Fuerzas Pública que incluye (pero que no limita) a niños y niñas combatientes, cocineros, mensajeros, espías, colaboradores. No se refiere únicamente a un niño o niña que participa o ha participado directamente en hostilidades.
  • Secuestro: Es cuando se sustrae, retiene u oculta a una persona. El secuestro es extorsivo, cuando se realiza con el propósito de exigir por su libertad un provecho o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político.
  • Delitos contra la libertad e integridad sexual: Se refieren al acceso carnal, los actos sexuales, la prostitución forzada, la esclavitud sexual, la trata de personas con fines de explotación sexual, la esterilización forzada, el embarazo forzado, la desnudez forzada, el aborto forzado mediante el uso de la fuerza, la coacción física o psicológica, como la causada por el temor a la violencia en el marco del conflicto armado
  • Toma de rehenes: Consiste en la aprehender, detener o retener a una persona acompañada con la amenaza de matar, hacer daño o continuar deteniendo, con el fin de hacer que una tercera parte haga o se abstenga de hacer algo como condición implícita o explícita para la liberación, seguridad o bienestar del rehén.
  • Tortura: Todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de una tercera información o una confesión, de castigarla o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación.