Acciones

Diferencia entre revisiones de «Defensores y Defensoras de Derechos Humanos»

De OCHA Colombia Wiki

Línea 74: Línea 74:
*http://www.mij.gov.co/eContent/CategoryDetail.asp?idcategory=142&IDCompany=2&Name=Derechos+Humanos&idmenucategory=1
*http://www.mij.gov.co/eContent/CategoryDetail.asp?idcategory=142&IDCompany=2&Name=Derechos+Humanos&idmenucategory=1
*http://www.fiscalia.gov.co/pag/entidad/entidad.html#
*http://www.fiscalia.gov.co/pag/entidad/entidad.html#
*http://www.defensoria.org.co/red/?_item=0003&_secc=00&ts=1

Revisión del 18:49 16 feb 2012

ONG

Una organización no gubernamental (ONG), como su nombre lo indica, es una organización que es independiente de las decisiones o políticas implementadas por gobiernos. El término se empezó a aplicar tras el establecimiento de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1945, cuando esta brindó reconocimiento a cuerpos u organizaciones independientes que empezaron a asumir responsabilidades que muchos gobiernos no podían asumir, o simplemente se rehusaban a asumir. Por lo general, estas organizaciones operan por medio de donaciones privadas y dependen del trabajo de voluntarios. Con el pasar del tiempo, muchas ONGs han aumentado en tamaño e influencia, hasta tal punto que en muchas regiones remotas estas llevan a cabo algunas de las tareas que le corresponden al estado, tales como construir acueductos y puentes, proveer cuidado medico, educación y otras tareas similares. Mientras que muchos países reciben con gratitud estos servicios, los servicios que proveen otras ONGs son muchas veces vistos como obstáculos o ataques a la soberanía de ciertos países. En efecto, dado que las ONGs no tienen ningún vinculo con la política de un país en particular, su independencia muchas veces les permite ir en contra de las políticas implementadas por ciertos países. Esto es particularmente evidente en temas como el medio ambiente o los derechos humanos.


Nacionales

CCONG : es una expresión de la sociedad civil organizada de cuarto nivel con personería jurídica No. 063 del 26 enero de 1989. La Confederación Colombiana de Organizaciones No Gubernamentales - CCONG agremia federaciones de ONG, asociaciones, corporaciones y fundaciones. Actualmente, cuenta con 8 federaciones departamentales, 6 asociaciones y redes nacionales y 9 ONG nacionales que trabajan en diferentes sectores del desarrollo social y que representan alrededor de 850 ONG del país. La red de la CCONG agrupa entidades representativas de población raizal, género, reinsertados, indígenas, organizaciones de desarrollo, vivienda, generación de ingresos, atención a población vulnerable, salud, educación formal y no formal y desarrollo rural, entre otras. La red de la CCONG trabaja principalmente en la construcción de bienes públicos y al servicio de terceros; así mismo, trabaja con distintos énfasis en la promoción de un desarrollo humano sostenible, en el combate a la pobreza y la exclusión en cualquiera de sus formas, en torno a la promoción, seguimiento o realización concreta de los derechos humanos y por el fortalecimiento de la democracia en sus distintos nive

Internacionales

En los últimos años varias ONGs han alcanzado un nivel de notoriedad y credibilidad hasta el punto que sus reportes u observaciones pueden desestabilizar un régimen político. Tal fue el caso de Somalia al final de los noventa, cuando varias ONGs consiguieron enfocar la atención de la comunidad internacional hacia el desastre humanitario que padecían los somalíes a causa de las ambiciones de poder de las distintas facciones armadas. Gracias a sus esfuerzos, fue posible movilizar a la comunidad internacional para intervenir en el país Africano. Las siguientes son algunas de las ONGs mas notorias:

  • Greenpeace
  • Amnestia Internacional
  • Human Rights Watch
  • Médecins Sans Frontières
  • Cruz Roja Internacional


comité internacionales

El Comité de Derechos Humanos es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados Partes. Todos los Estados Partes deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se ejercitan los derechos. Inicialmente los Estados deben presentar un informe un año después de su adhesión al Pacto y luego siempre que el Comité lo solicite (por lo general cada cuatro años). El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado Parte en forma de "observaciones finales". Además del procedimiento de presentación de informes, el artículo 41 del Pacto establece que el Comité debe examinar las denuncias entre los Estados. Además, el Primer Protocolo Facultativo del Pacto otorga al Comité competencia para examinar las denuncias de los particulares en relación con supuestas violaciones del Pacto cometidas por los Estados Partes en el Protocolo. La plena competencia del Comité se extiende al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto relativo a la abolición de la pena de muerte respecto de los Estados que han aceptado el Protocolo. El Comité se reúne en Ginebra o en Nueva York y normalmente celebra tres períodos de sesiones al año. El Comité también publica su interpretación del contenido de las disposiciones de derechos humanos, denominadas observaciones generales sobre cuestiones temáticas o sus métodos de trabajo.

estatales

Procuraduria

El articulo 277 de la constitucio política de Colombia consagra que el procurador general de la nación tendrá como una de sus funciones el proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad Asimismo el defensor del pueblo que forma parte del ministerio publico velara por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos

Ministerio del interior

La Dirección de Derechos Humanos es una dependencia del Ministerio del Interior y de Justicia, que concentra sus esfuerzos en la salvaguarda de la vida, integridad, libertad y seguridad personales de individuos en especial situación de riesgo, a través del diseño y coordinación de los programas de protección de los derechos humanos de grupos poblacionales en situación de especial vulnerabilidad Actualmente promueve la incorporación y la elaboración de políticas públicas de Derechos Humanos, así como la aplicación del Derecho Internacional Humanitario con enfoque integral y diferencial.

Fiscalía

La fiscalia tiene como finalidad garantizar el acceso a una justicia oportuna y eficaz con el fin de encontrar la verdad dentro del marco del respeto por el debido proceso y las garantías constitucionales.

Que es la fiscalía La Fiscalía General nació en 1991, con la promulgación de la nueva Constitución Política y empezó a operar el 1 de julio de 1992.

Es una entidad de la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa y presupuestal, cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia.

Fuciones La Fiscalía General se encarga de investigar los delitos, calificar los procesos y acusar ante los jueces y tribunales competentes a los presuntos infractores de la ley penal, ya sea de oficio o por denuncia. La investigación de oficio se realiza por iniciativa propia del Estado y la investigación por denuncia cuando existe un tercero es víctima de un delito e instaura la denuncia ante alguna de las autoridades competentes (Comisaría, Inspección de Policía o Unidad de Reacción Inmediata de la Fiscalía, URI).

Defensoria del pueblo

La Defensoría del Pueblo apoya a la ciudadanía por medio de las siguintes herramientas: •Derecho de Habeas corpus: es el que puede invocarse por quien está privado de la libertad y cree estarlo ilegalmente, con el fin de obtener la protección judicial de su derecho fundamental a gozar plenamente de su condición de ser libre. •Acción de tutela: es la que puede ejercerse para reclamar la protección judicial inmediata de los derechos fundamentales. •Servicio de defensoría pública: es el que se presta a favor de quienes se hallan en la imposibilidad económica o social de ejercer el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia. •Acciones populares: son las que se pueden ejercer para la protección de los derechos e intereses de carácter colectivo. •Acción de cumplimiento: es la que puede ejercerse para hacer efectiva la observancia de una ley o de un acto administrativo. •La querella: es la petición que se requiere para iniciar la acción penal con respecto a ciertos delitos señalados en la ley procesal.

Bibliografia

  • Jervis, Robert. International Politics: Enduring Concepts and Contemporary Issues; Longman Publishing Group; Mayo, 2002.

referencias