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Diferencia entre revisiones de «Derecho colectivo»

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Un '''derecho colectivo''' incluye a esos [[derechos]] cuyo [[sujeto de derecho|sujeto]] no es un [[individuo]] (como es el caso de los [[derechos individuales]]), sino un conjunto, colectivo o [[grupo social]]. Mediante esos derechos se pretende proteger los [[intereses]] e incluso la [[identidad]] de tales colectivos. Se definieron a partir del [[derecho de autodeterminación]], y se engloban en los llamados "derechos de tercera generación" , según la teoría de las [[tres generaciones de derechos humanos]].
El "derecho de autodeterminación de los pueblos" tuvo su primera utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que se pretendía acabar con la Primera Guerra Mundial y establecer una paz definitiva. La Conferencia de Paz de París (1919) no fue una aplicación de dicho principio, que no obstante fue constantemente aludido en las relaciones internacionales del periodo de entreguerras y en la [[Sociedad de Naciones]]. La decisión del futuro político de muchos territorios europeos (como por ejemplo, el [[Sarre]]) se decidió mediante consultas populares en forma de [[referéndum]].
En 1948, la [[Asamblea General de las Naciones Unidas]] proclamó (por 48 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la [[Declaración Universal de Derechos Humanos]], que a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los [[Estado]]s. Todos los derechos especificados en la declaración estaban basados en el [[individuo]], como el derecho a la no [[discriminación]], a la [[libertad de movimiento]], [[privacidad]], al [[matrimonio]] por [[libre consentimiento]] de los esposos, a condiciones justas y favorables en el [[trabajo (Derecho)|trabajo]], a la participación en la vida cultural, a una [[igualdad ante la ley|igual protección ante la ley]], etc.
No obstante, la [[Carta de las Naciones Unidas]] (firmada el 26 de junio de 1945 y en vigor desde el 24 de octubre del mismo año) recoge expresamente el concepto de "libre determinación de los pueblos" (en el artículo 1, dedicado a los principios de la Organización, y el artículo 55, dentro del Capítulo IX, sobre Cooperación internacional económica y social). La autodeterminación también inspiró el tratamiento que se dio a los [[imperios coloniales|territorios coloniales]]. Los artículos 73 a 91, que corresponden a los capítulos XI (Declaración relativa a territorios no autónomos), XII (Régimen internacional de administración fiduciaria) y XIII (Consejo de Administración Fiduciaria) recogen el régimen de estos territorios. En 1966 se elaboró el [[Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos]], cuyo primer artículo proclama:
{{cita|Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.<p>
Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia.<ref>[http://web.archive.org/web/http://www2.ohchr.org/spanish/law/ccpr.htm Texto del Pacto]</ref>}}
==Colombia==
El '''derecho colectivo''', ha dicho la Sala, no se deduce en su existencia porque varias personas estén en una misma situación ni porque se acumulen situaciones parecidas de varios sujetos, ni porque se sumen; el derecho colectivo es aquel que recae sobre una comunidad entera a diferencia del [[derecho individual]] que es el que recae sobre una persona determinada. Por lo tanto, la prosperidad de las pretensiones en la acción popular está ligada con la existencia real de los siguientes elementos, que para el momento de fallar deben estar establecidos:  
El '''derecho colectivo''', ha dicho la Sala, no se deduce en su existencia porque varias personas estén en una misma situación ni porque se acumulen situaciones parecidas de varios sujetos, ni porque se sumen; el derecho colectivo es aquel que recae sobre una comunidad entera a diferencia del [[derecho individual]] que es el que recae sobre una persona determinada. Por lo tanto, la prosperidad de las pretensiones en la acción popular está ligada con la existencia real de los siguientes elementos, que para el momento de fallar deben estar establecidos:  



Revisión actual - 22:12 12 may 2016

Un derecho colectivo incluye a esos derechos cuyo sujeto no es un individuo (como es el caso de los derechos individuales), sino un conjunto, colectivo o grupo social. Mediante esos derechos se pretende proteger los intereses e incluso la identidad de tales colectivos. Se definieron a partir del derecho de autodeterminación, y se engloban en los llamados "derechos de tercera generación" , según la teoría de las tres generaciones de derechos humanos.

El "derecho de autodeterminación de los pueblos" tuvo su primera utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que se pretendía acabar con la Primera Guerra Mundial y establecer una paz definitiva. La Conferencia de Paz de París (1919) no fue una aplicación de dicho principio, que no obstante fue constantemente aludido en las relaciones internacionales del periodo de entreguerras y en la Sociedad de Naciones. La decisión del futuro político de muchos territorios europeos (como por ejemplo, el Sarre) se decidió mediante consultas populares en forma de referéndum.

En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó (por 48 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la Declaración Universal de Derechos Humanos, que a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los Estados. Todos los derechos especificados en la declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la no discriminación, a la libertad de movimiento, privacidad, al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones justas y favorables en el trabajo, a la participación en la vida cultural, a una igual protección ante la ley, etc.

No obstante, la Carta de las Naciones Unidas (firmada el 26 de junio de 1945 y en vigor desde el 24 de octubre del mismo año) recoge expresamente el concepto de "libre determinación de los pueblos" (en el artículo 1, dedicado a los principios de la Organización, y el artículo 55, dentro del Capítulo IX, sobre Cooperación internacional económica y social). La autodeterminación también inspiró el tratamiento que se dio a los territorios coloniales. Los artículos 73 a 91, que corresponden a los capítulos XI (Declaración relativa a territorios no autónomos), XII (Régimen internacional de administración fiduciaria) y XIII (Consejo de Administración Fiduciaria) recogen el régimen de estos territorios. En 1966 se elaboró el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo primer artículo proclama:

Plantilla:Cita

Colombia

El derecho colectivo, ha dicho la Sala, no se deduce en su existencia porque varias personas estén en una misma situación ni porque se acumulen situaciones parecidas de varios sujetos, ni porque se sumen; el derecho colectivo es aquel que recae sobre una comunidad entera a diferencia del derecho individual que es el que recae sobre una persona determinada. Por lo tanto, la prosperidad de las pretensiones en la acción popular está ligada con la existencia real de los siguientes elementos, que para el momento de fallar deben estar establecidos:

  • La acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares y la amenaza o la violación a derechos e intereses colectivos.
  • La Sala ha expresado que el derecho colectivo no se deduce en su existencia porque varias personas estén en una misma situación ni porque se acumulen situaciones parecidas de varios sujetos, ni porque se sumen.

Enlaces Externas

DERECHO DE ASOCIACIÓN EN COLOMBIA A PARTIR DE LOS FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA CON BASE EN LA INFLUENCIA DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES SOBRE LA MATERIA], de Uninorte